Certificado RUP: Registro Único de Proponentes 2021

Como registrarse en el RUP para proponentes a licitaciones.

Certificado RUP: Registro Único de Proponentes 2021

El Registro Único de Proponentes contiene la información de quienes aspiran a celebrar contratos con las entidades estatales, obtenida mediante la verificación de los requisitos habilitantes y demás información relacionada y la clasificación que cada interesado realiza al momento de su inscripción, renovación o actualización, aportando la documentación que se exige, y que es objeto de verificación documental por parte de la Cámara de Comercio respectiva.

¿Quiénes se inscriben en el Registro Único de Proponentes?

Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. (Consulte las excepciones contempladas en el artículo 221 del Decreto 019 de 2012 y el Decreto 092 de 2017).
En el caso de las personas jurídicas a la inscripción le deben anexionar el Certificado de existencia y Representación Legal, Los estados Financieros del año de manera inmediata precedente, una imitación de RUT, los certificados de obras que acrediten la experiencia: Estos documentos se deben presentar en original y copia y si se trata de empresas extranjeras, documentos adecuadamente legalizados. Conforme con el decreto mil quinientos diez de dos mil trece, que regula el sistema de compras y contratación pública, desde febrero de dos mil catorce brotan ciertos cambios:

 Los proponentes ya no se clasifican por la CIIU, de ahora en adelante van a tener en cuenta la clasificación ordenada conforme El Clasificador de Recursos y Servicios de la Organización de la Naciones Unidas, lo que desea decir que ya no están limitados a las actividades clasificadas en el RUT. De ahora en adelante todos se va a llamar proponentes y no va a haber actividades genéricas como construcción o bien asesoría. La data de renovación anual ha de ser ya antes del cinco día hábil del mes de abril; en la Cámara de Comercio de su Jurisdicción. Estos trámites se pueden hacer en forma virtual como la inscripción o bien la actualización de información, entrando a la página de la cámara de Comercio, trámites virtuales RUP, registro, confirmación y también ingreso.

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